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Okupas, luz y agua: ¿puedo cortarlas? ¿Quién paga?

Cuando los contratos de luz o agua están a tu nombre, es normal pensar en cortarlos. Antes de hacerlo, conviene saber los riesgos.

Actualizado el 6 de noviembre de 2026Información general, no asesoramiento legal
En esta página
  1. ¿Puedo cortar los suministros?
  2. ¿Quién paga las facturas?
  3. ¿Y si están enganchados de forma ilegal?
  4. ¿Y si contratan a su nombre?

¿Puedo cortar los suministros?

Cortar la luz, el agua o el gas para forzar a los ocupantes a irse puede considerarse un delito de coacciones, aunque los contratos estén a tu nombre. Es uno de los errores más frecuentes de los propietarios. Consulta siempre con un abogado antes de tocar nada.

¿Quién paga las facturas?

Si el contrato está a tu nombre, la compañía te seguirá cobrando a ti. Guarda todas las facturas: puedes reclamar ese gasto a los ocupantes como parte de los daños y perjuicios. Comunica a la compañía la situación por escrito y pregunta qué opciones te da sin dejar a nadie sin suministro de forma forzada; tu abogado te orientará.

¿Y si están enganchados de forma ilegal?

Conectarse a la red sin contrato es un delito de defraudación de suministros (art. 255 del Código Penal). Si sospechas que hay un enganche, avisa a la compañía distribuidora y a la policía: además de ilegal, puede ser peligroso para todo el edificio.

¿Y si contratan a su nombre?

Algunos ocupantes intentan dar de alta suministros a su nombre. Esas facturas no son deuda tuya. Si ocurre, comunícalo a tu abogado y a la compañía aportando la denuncia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dar de baja el contrato a mi nombre?

Es delicado: el efecto práctico es cortar el suministro a quien vive allí. Hazlo solo con asesoramiento legal.

Fuentes y normativa